jueves, mayo 08, 2014

Aduanas. Todo lo que necesitas saber en tus compras de importación

Hoy os traigo un artículo que escribí originalmente para AppSkyWorld aunque por problemas con la eliminación de mi cuenta tras mi salida de la web le consta la autoría a otro compañero. He trabajado durante 5 años en el departamento de aduanas de una gran multinacional del transporte así que cualquier duda que tengáis no dudéis en preguntarme. Espero que os guste.

Los terminales chinos cuentan cada vez con más calidad y su precio sigue siendo muy atractivo. Por eso, considerar el mercado extracomunitario (principalmente asiático) a la hora de renovar dispositivo, se está convertiendo en una alternativa muy interesante para un buen número de usuarios. Sin embargo, comprar fuera de la UE conlleva tener que pasar un trago que puede llegar a ser muy amargo, las temidas aduanas. En este artículo trataremos de explicar todo el proceso de forma sencilla y procuraremos desmontar algunos de los mitos que circulan por la red.
Cuando adquirimos un producto fuera de las fronteras de la UE tenemos la obligación inexcusable de declarar la mercancía en aduanas. Pero ¿Que es esto de la aduana? Muchos usuarios se imaginaran una cinta transportadora con un Guardia Civil escogiendo a dedo y al azar las mercancias que pagaran impuestos. Nada mas lejos de la realidad, veamos como funciona este proceso de forma muy general.


La mercancía llega al país de destino, en este caso España, procedente de un país extracomunitario. Es una mercancía que como hemos comentado anteriormente debe ser obligatoriamente declarada por lo que en ningún caso puede entregarse sin que la aduana de la luz verde para ello, a esto lo llamaremos despacho de aduanas. Como las mercancías no pueden salir a reparto hay que darles otro destino. En la mayoría de casos, las mercancias se depositan en un ADT que son las siglas de “almacén de depósito temporal”. Es un almacen autorizado donde las mercancías restan a la espera de despacho de aduanas. Las principales empresas de transporte y logística cuentan con ADT propio donde almacenan las mercancías pendientes de despacho.
Bueno, ahora llega lo interesante. Tenemos las mercancías en el ADT esperando su despacho de aduanas. La declaración de las mercancías se realiza por teleproceso, no hay ningún guardia civil diciendo este sí o este no. Las compañias de transporte envian las declaraciones a la agencia tributaria mediante un sistema telemático en el que proporcionan a la administración todos los datos relevantes de la mercancía, a saber; dimensiones, peso, valor, coste del transporte, compañia de transporte, remitente, destinatario, codigo arancelario (descripción de la mercancia), etc… La AEAT recibe estas declaraciones y, mediante un sistema de filtros que evidentemente solo conocen ellos, dan una respuesta. La respuesta puede ser de tres tipos:
  • Canal verde. La mercancía queda liberada de aduanas y puede salir a reparto.
  • Canal naranja. La administración solicita realizar una comprobación de toda la documentación que acompaña a la mercancia y posibles documentos adicionales como justificantes de pago.
  • Canal rojo. La administración solicita realizar una inspección física de la mercancía.
En realidad este proceso no es exactamente así. Hay compañias de transporte que tienen los sitemas tan optimizados que obtienen el despacho de aduanas de las mercancías antes incluso de que aterrize el avión que transporta los paquetes, pudiendo entregar mercancías a primera hora del día de llegada y ya despachadas en aduanas (algo increible de verdad) pero sirve para que entendamos como funciona el proceso.
Sabido, mas o menos, como funciona el asunto vamos con lo que realmente os interesa, el tema de los impuestos. Existen tres tramos diferentes, en función del valor de la mercancía:
  • De 0 a 22 euros. Se declara en aduanas como bajo valor y está exento de impuestos.
  • Entre 22 y 150 euros. Paga solo iva.
  • A partir de 150 euros. Paga iva y arancel.
Es muy importante puntualizar que el valor declarado debe ser el valor de la mercancia puesta en España, es decir incluyendo los gastos de transporte y de seguro si los hubiera. También es importante saber que la declaración debe ser coherente en sus datos, con especial importancia en lo que al peso se refiere. Aduana jamás despachará como bajo valor un envío con un peso de 1000 quilos por ejemplo, da igual lo que haya en el paquete, 1000 quilos de lo que sea es mucha mercancía y no colará intentar pasarlo como un bajo valor. Normalmente el límite para ser despachado como bajo valor se situa en 10 kilos.
Como hemos visto, el valor a efectos aduaneros esta formado por mercancia más transporte y seguro por lo que, si tuvieramos que pagar iva la base imponible será el coste de la mercancía mas el transporte. Y si también nos toca abonar el arancel en este caso la base imponible será el coste de la mercancia más el transporte más el iva. También tenemos que tener en cuenta que la gestión aduanera que hacen las compañias de transporte no está incluida en el precio del envio, por lo que si se tiene que realizar un despacho de aduanas de la mercancía nos lo van a añadir a la factura cuando nos entreguen el paquete, suele oscilar entre 15 y 25 euros. Lo veremos en unos ejemplos.

EJEMPLO 1 (Declaración de bajo valor)

Mercancía:10 euros
Transporte:11 euros
Peso:1 kg
Total: 21 euros
Si la aduana responde indicando canal verde el envio queda despachado sin pago de impuestos ni gastos de gestión (los bajos valores no suelen acarrear costeas extras por parte de las compañías de transporte). Si se decreta canal naranja o rojo la aduana puede acabar cambiando la declaración si detecta irregularidades.

EJEMPLO 2

Mercancia: 21 euros
Transporte:10 euros
Peso:1kg
Total: 31 euros.
En este caso superamos los 22 euros por lo que nos tocará pagar el iva sobre el total de 31 euros. Suponiendo que es un iva del 21% nos tocaría pagar 6.51 euros. Igual que antes, la aduana también puede decretar inspecciones (canal naranja o rojo) y variar la declaración si detecta irregularidades.
31 x 21% = 6.51 euros de iva
gastos de gestión = 20 euros
Total = 26.51 euros

EJEMPLO 3

Mercancía: 140 euros
Transporte: 15 euros
Peso: 1 kg
Total: 155 euros
Superamos los 150 euros por lo que nos tocará pagar iva y arancel. El arancel depende del tipo de mercancia, podeis consultar el código arancelario unificado en la web de AEAT. Pero para el ejemplo vamos a suponer que pagaremos un arancel del 4%. Primero calcularemos el arancel y lo sumaremos a la base imponible para el cálculo del iva:
155 x 4% = 6.2 euros de arancel
187.55 x 21% = 33.85 euros de arancel
gastos de gestión = 20 euros
Total = 60.05 euros

Bueno, con todo esto ya sabido vamos a intentar desmontar algunas de las leyendas que corren por la red sobre las aduanas.

Si la tienda me pone un valor inferior a 22 euros y una descripción falsa de la mercancia no pagaré aduanas

Falso. Las tiendas lo que suelen hacer es poner una factura falsa adherida al paquete con un valor inferior al real y una descripción que no se corresponde con lo que realmente hay dentro, para evitar las aduanas. Es cierto que suele funcionar, se presenta la declaración de bajo valor y, normalmente, si no hay motivos para lo contrario se despacha correctamente sin pago de impuestos. Sin embargo esto no es una ciencia exacta, la aduana puede decretar canal naranja. Si esto sucede, os pediran la factura comercial auténtica (no la de efectos aduaneros “custom purpose”) y el justificante del pago descubriéndose así el pastel y teniendo que pagar impuestos. O también puede decretarse canal rojo lo que conlleva la apertura del paquete y también os pillarán. Decir que si aduana nos engancha y cambia la declaración podemos ser sancionados administrativamente. En cualquier caso, el porcentaje de inspecciones comparado con el total de mercancias es muy pequeño.

Si la tienda pone que es un regalo no pagaré aduanas

Falso. Los regalos tienen la misma obligación de declararse en aduanas y por lo tanto de pagar impuestos que las expediciones comerciales. No sirve para nada.

Si la tienda pone que es un movil reparado no pagaré aduanas

Falso. Es cierto que las mercancias reparadas pueden estar exentas de impuestos, pero solo si cuando las enviasteis las declarasteis correctamente en aduanas como una exportación temporal para reparación. En este caso cuando vuelva el terminal solo teneis que justificar su salida del país mediante el dua de exportación temporal y estareis exentos de volver a pagar aduanas. Pero como lo que estamos intentando es engañar a la aduana no dispondremos de ese justificante y tendremos que pagar los impuestos. No sirve para nada.

He recibido por correos envios de valor muy superior a 22 euros y nunca he pagado nada

Cierto. Por algún motivo que nadie comprende, correos pasa de declarar en aduanas una buena parte de sus mercancías. Lo que para los transportistas privados sería motivo de una fuerte sanción por parte de la administración correos lo hace impunemente. Resumiendo, si recibís por correos puede ser que os libreis aunque la mercancía valga más de 22 euros, si os llega por transporte privado se declarará en aduanas 100%
Hasta aquí lo más importante y lo mínimo imprescindible que debemos conocer antes de lanzarnos a comprar artículos de importación. Hay muchos supuestos particulares en los que sería demasiado largo entrar por eso si teneis preguntas concretas podeis hacérmelas sin ningún problema. Espero que este artículo/guía os haya gustado y os sirva para vuestras compras tecnológicas en los mercados de importación.

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